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URGENTE: Impuesto de Sellos CABA

El Colegio tomó conocimiento el martes 21 de enero, por canales informales, de la intención de la AGIP de aplicar, de forma intempestiva, las alícuotas de la Ley Tarifaria 2019, en lugar de las aprobadas y publicadas por la Ley Tarifaria 2020. En especial, ha de tenerse en cuenta la aplicación de la alícuota general del 1% en lugar de la del 0,75% para los actos en los que así se determina.

Respecto del monto de las exenciones, nos han comunicado informalmente que se mantienen las previstas por la ley Tarifaria 2020, por lo que, para el caso de compraventa de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, la exención es hasta la suma de $ 3.500.000.

IMPORTANTE: El Colegio está realizando gestiones para que las retenciones del Impuesto de Sellos efectuadas hasta el 22 de enero inclusive por aquellos escribanos que han actuado de acuerdo a lo publicado a principio de año, conforme a la Ley Tarifaria 2020, se consideren bien retenidas.

Aprovechamos la oportunidad para informar que nuestra institución no puede modificar el SIE sin la conformidad de la AGIP, organismo que determina todo lo referente al Impuesto de Sellos.

Cualquier novedad al respecto será comunicada a la brevedad por este medio.

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