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AGIP: Servicios disponibles en nuestro Colegio 

Listado actualizado de los trámites que se pueden realizar en la oficina de AGIP de nuestro Colegio

La oficina de AGIP que funciona en nuestro Colegio (Av. Las Heras 1833) atiende exclusivamente a escribanos o a personal autorizado de escribanías, de lunes a viernes, de 9.30 a 15.30 h. A continuación detallamos los trámites que pueden gestionarse en esta dependencia y sus requisitos:

Impuesto Inmobiliario:

1) Emisión de boletas de avalúo.
Requisitos: certificado de deuda donde conste la deuda del avalúo.

2) Emisión de boletas de pago en el caso de “obligaciones pendientes” que figuran en los estados de deuda de ABL.
Requisitos: certificado de deuda e indicar si se trata de terreno baldío.

3) Cancelación anticipada plan de avalúo.
Requisitos: Nota solicitando la cancelación del plan.

4) Cambio de domicilio postal (para recibir boletas de ABL o de patentes).
Requisitos: copia certificada de la escritura y DNI del titular.

5) Adhesión al plan de facilidades de pago permanente (Res. 2722-shyf-2004, sus modificatorias y Res. 179-AGIP-2014).
Adhesión al plan de facilidades de pago especial para deudas hasta $172.400.
Requisitos: certificado de deuda donde conste la deuda a incluir en el plan.

6) Cancelación anticipada de plan de facilidades (excepto planes con débito en cuenta bancaria).
Requisitos: Nota solicitando la cancelación del plan.

7) Cese de exención para jubilados y pensionados por fallecimiento y/o por venta.
Requisitos:
Por fallecimiento: copia certificada de la escritura antecedente y partida de defunción o declaratoria de herederos.
Por venta: copia certificada de la escritura de venta.

8) Cese de exención por discapacidad.
Requisitos:
Por fallecimiento: copia certificada de la partida de defunción.
Por venta: copia certificada de la escritura de venta.

9) Cese de exención de excombatientes.
Requisitos:
Por fallecimiento: copia certificada de la partida de defunción.
Por venta: copia certificada de la escritura de venta.

Automotores:

1) Adhesión al plan de facilidades de pago especial para deudas de hasta $172.400 (Res. 211- AGIP- 2012).
– Adhesión al plan de facilidades de pago permanente (Res. 2722-shyf-2004, sus modificatorias y Res. 179- AGIP -2014).
Requisitos: constancia de deuda de donde surja la deuda a incluir en el plan.

2) Cese de exención por discapacidad.
Requisitos: Por fallecimiento: copia certificada de la partida de defunción.

Mandatarios:

– Solicitud de liquidación de deudas de ABL en juicio (boletas).
Requisitos: certificado de deuda de ABL donde conste la deuda.

Presentación de expedientes:

– La documentación a presentar será de acuerdo al tipo de trámite, por lo que se deberá consultar previamente la página de AGIP.

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