Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

entrelineas

Normativa ordenada en forma cronológica

Autorizaciones para conducir y exportar vehículos

Luego de las reiteradas solicitudes realizadas por el Colegio en relación a los inconvenientes planteados al momento de la presentación de las autorizaciones para conducir y exportar vehículos, y dado que a la fecha la Secretaría de Asuntos Registrales y la Dirección General de Aduanas no han dado una respuesta a las consultas, reiteramos a los colegas la recomendación de efectuar estas autorizaciones de manera protocolar.

Material de apoyo – Reunión informativa sobre la Resolución Nº 21/2011 de la Unidad de Información Financiera

Se pone a disposición de los señores escribanos el material de apoyo de la Reunión Informativa sobre la Resolución Nº 21/2011 de la Unidad de Información Financiera, realizada el día martes 1º de febrero de 2011 en este Colegio, a cargo de la Esc. Eleonora Casabé.

Para acceder al listado de las personas políticamente expuestas y al formulario de Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente haga clic en el link que figura a continuación de este mensaje.

Para descargar el material de apoyo haga clic aquí haga clic aquí

Para descargar el formulario de la UIF haga clic aquí

Servicio de asesoramiento Resolución 21/11 de la UIF

Se informa a los señores escribanos que, con motivo de la entrada en vigencia de la Resolución 21/2011 de la Unidad de Información Financiera, el Colegio implementará, a través del correo electrónico, un servicio de asesoramiento para los colegas de la demarcación. A partir de hoy, podrán enviar su consulta a la dirección uif-consultas@colegio-escribanos.org.ar.

Solicitamos que las consultas sean puntuales, a fin de poder dar respuesta a las inquietudes de todos los colegas.

Instituto de Derecho Tributario Reinicio de actividades

Se informa a los señores escribanos que el Instituto de Derecho Tributario del Colegio de Escribanos reiniciará sus actividades el lunes 14 de febrero a las 10.30 horas, en el Microsalón de Av. Callao 1542.

Los escribanos que deseen participar en estos espacios de intercambio podrán solicitarlo al Consejo Directivo a través de una nota presentada en Mesa de Entradas o enviando un mail a info@colegio-escribanos.org.ar.

Vademécum de Derecho Tributario

Se informa a los colegas que, a partir de hoy, aquellos escribanos que deseen retirar un ejemplar impreso del Vademécum de Derecho Tributario que fue distribuido oportunamente con la circular 3268 del 23 de noviembre de 2010, podrán hacerlo de lunes a viernes de 9 a 17 horas por el Departamento de Comunicaciones, Av. Las Heras 1833, 1º piso.

Muy Importante: Informe del Asesor Impositivo Código Fiscal de la CABA para el 2011

Se pone a disposición de los señores escribanos el informe elaborado por el asesor impositivo del Colegio, Emir J. Pallavicini, sobre los aspecto más relevantes de la Ley Impositiva (Ley 3750) y Tarifaria (Ley 3751) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2011.

Haga clic aquí para acceder al informe

Haga clic aquí para acceder al Código Fiscal 2011 (Ley 3750)

Haga clic aquí para acceder a la Ley Ley Tarifaria (Ley 3751)

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires: Resolución Normativa N° 85/2010

Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución Normativa Nº 85/2010 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se establece, del 1º de enero hasta el 28 de febrero de 2011, un régimen de facilidades de pago para las deudas correspondientes a agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas en relación con el Impuesto de Sellos.

Para acceder a la Resolución Normativa Nº 85/2010 haga clic aquí

MUY IMPORTANTE: Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para el 2011

Se informa a los señores escribanos que, el día 21 de enero del corriente, ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el Código Fiscal (Ley 3750) para el 2011 y su correspondiente Ley Tarifaria (Ley 3751), que se encuentran disponibles en los links al pie de este mensaje.

Asimismo, se comunica que el asesor impositivo del Colegio, Dr. Emir J. Pallavicini, se encuentra elaborando un informe con las modificaciones más relevantes establecidas para el 2011. Éste será enviado por esta vía próximamente.

Haga clic aquí para acceder al Código Fiscal 2011 (Ley 3750)

Haga clic aquí para acceder a la Ley Tarifaria (Ley 3751)

Reunión informativa sobre la Resolución Nº 21/2011 de la Unidad de Información Financiera

A fin de desarrollar algunos puntos de la resolución la 21/2011 de la UIF sobre encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo (B. O. 20/1/11), se realizará una Reunión Informativa, a cargo de la Vicepresidente del Colegio, escribana Eleonora Casabé, el día amartes 1 de febrero, a las 9,30 hs., en el Salón Gervasio A. de Posadas, Av. Callao 1542.

IMPORTANTE: Si bien la entrada a la reunión es libre para los colegas de la demarcación, por cuestiones de organización solicitamos a aquellos interesados en participar, tengan a bien realizar la inscripción en el link que figura al pie de este mensaje.

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 21/2011 de la UIF

Transmisión gratuita de bienes – Instructivo para la presentación de DDJJ y pago para particulares

Se pone a disposición de los señores escribanos el instructivo elaborado por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) dirigido a los contribuyentes en actos de transmisión gratuitos o con presunción de gratuidad, de acuerdo a lo establecido en la Ley Impositiva (Ley 14200) para el año 2011.

Para acceder al documento haga clic aquí

Reunión informativa sobre la Resolución Nº 21/2011 de la Unidad de Información Financiera

En relación a las últimas resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) enviadas por este Colegio, aclaramos a los señores escribanos que la resolución de incumbencia notarial es la 21/2011 sobre encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo (B. O. 20/1/11). El texto de la misma fue enviado en el sumario de noticias el día jueves 20 de enero y su fecha de vigencia es a partir del viernes 28 de enero del corriente año.

A fin de desarrollar algunos puntos de esta normativa, se realizará una Reunión Informativa, a cargo de la Vicepresidente del Colegio, escribana Eleonora Casabé, el día martes 1 de febrero, a las 9,30 hs., en el Salón Gervasio A. de Posadas, Av. Callao 1542.

IMPORTANTE: Si bien la entrada a la reunión es libre para los colegas de la demarcación, por cuestiones de organización solicitamos a aquellos interesados en participar, tengan a bien realizar la inscripción en el link que figura al pie de este mensaje.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 21/2011 de la UIF

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Calendario anual de vencimientos impositivos para el 2011 – Rectificatoria

Se pone a disposición de los señores escribanos el calendario anual de vencimientos impositivos actualizados al día de la fecha, con las modificaciones introducidas con motivo de la publicación en el día de ayer de la Resolución 21/2011 de la Unidad de Información Financiera.

Asimismo, informamos que las restantes modificaciones se encuentran destacadas en el calendario que figura al pie de este mensaje.

Haga clic aquí para acceder al calendario de vencimientos actualizados

Unidad de Información Financiera: Resolución Nº 23/11

Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución Nº 23/11 de la Unidad de Información Financiera, publicada en el Boletín Oficial del día 21 de enero, mediante la cual se establecen las medidas y procedimientos que los sujetos obligados deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nº 23/11

Red Sport ClubNuevos valores para afiliados

La Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social informa a sus afiliados que a partir del mes de febrero de 2011 los aranceles mensuales para todos los gimnasios de la cadena Sport Club serán los siguientes:

VIP Clásica $116
VIP Plus $135
VIP Total $175

El costo del carnet (por única vez) es de $25.

Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios Disposición N° 948/2010

Se informa a los señores escribanos que la Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios publicó la Disposición N° 948/2010, mediante la cual se modifica el Digesto de Normas Técnicos Registrales.


Haga clic aquí para ver el texto completo de la Disposición Nº 948/2010

Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios Disposición N° 950/2010

Se informa a los señores escribanos que la Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios publicó la Disposición N° 950/2010, mediante la cual se modifica la Disposición Nº 762/10 relacionada con la inscripción de los postulantes destinados a la cobertura de los cargos de encargados titulares.

Haga clic aquí para ver el texto completo de la Disposición Nº 950/2010

Atención prioritaria exclusivamente para escribanos de la demarcación

Se informa a los señores escribanos que, atento a que el Banco Ciudad no tiene previsto agregar más cajas de atención en este Colegio a las que actualmente tiene y siguiendo con el principio de exclusividad para los colegas de la demarcación, recordamos que la atención prioritaria en las Cajas del Banco Ciudad es exclusiva para los escribanos que concurran en persona a realizar los trámites de presentación y pago del Impuesto de Sellos.

Por ello, se reitera que en caso de que concurran a realizar dichos trámites empleados de escribanías, gestores o demás personal invocando la representación del escribano, no se les dará prioridad ya que está será destinada exclusivamente para los escribanos que asistan personalmente. Para estos casos, sugerimos realizar dichos trámites en cualquiera de las sucursales del Banco Ciudad habilitadas para tal fin.

Respuesta de la AGIP a las consultas realizadas por el Colegio sobre Impuesto de Sellos

A raíz de las consultas realizadas por este Colegio a la AGIP, con relación al criterio aplicable en materia de Impuesto de Sellos respecto de diversas operaciones: a) boletos de compraventa con pago íntegro del precio convenido y entrega de posesión; b) cesión de boleto de compraventa con posesión y pago del precio a terceros y c) permuta de inmuebles, se envía a los colegas la nota de respuesta remitida por dicho organismo.

Haga clic aquí para acceder al Informe Nº 06-1697 de la AGIP

Llamado a Concurso de Oposición y Antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción (Artículos 34 de la Ley Orgánica N° 404, 5 de la Ley N° 1541 y 9 y 10 del Decreto Reglamentario N° 1624/00)

Inscripción:
Fecha: desde el 10/01/2011 hasta el 16/02/2011
Lugar: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos – Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00.

Requisitos:

Presentación de una nota en la que deberán constar nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono, a la que se adjuntará una copia certificada del título de abogado expedido o revalidado por universidad nacional o legalmente habilitada. Podrá admitirse otro título expedido en igual forma siempre que su currículo abarque la totalidad de las materias y disciplinas análogas a las que se cursen en la carrera de abogacía de la Universidad de Buenos Aires.
Aquellos que concursen por la titularidad de registro, deberán acompañar los comprobantes de sus antecedentes para ser evaluados por el jurado, en original o en fotocopias certificadas. En ningún caso de desglosarán antecedentes que hubieren presentado en años anteriores.
Cabe destacar que, para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley 404.

Costo de la inscripción: $600.- que se abonan en las cajas de Tesorería, en el horario de 9:30 a 15:00.

Examen escrito:
Fecha: 28/04/2011, a las 7:00 horas.
Lugar: Centro de Convenciones – Salón San Isidro (Primer Subsuelo), sito en la calle Leandro N. Alem 1151 –
Ciudad de Buenos Aires.

Examen oral:
Fecha: a determinar por el Jurado.
Lugar: sede Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Haga clic aquí para acceder al temario

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral Nº 4/2010 Inserción de oblea o etiqueta autoadhesiva en documentos judiciales

Se informa a los señores escribanos que fue publicada en el Boletín Oficial del día de hoy la Disposición Técnico Registral Nº 4/2010 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, enviada por este medio en el día de ayer.

Para acceder a la DTR Nº 4/2010 haga clic aquí

Dirección Nacional del Registro Oficial – Resolución 52/2010

Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución 52/2010 de la Dirección Nacional del Registro Oficial , mediante la cual se establece, a partir del 1º de enero, un nuevo Sistema de Registro y Verificación de Firmantes para la presentación de avisos para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina que se encuentren firmados por escribanos públicos, abogados, graduados en ciencias económicas, martilleros públicos y corredores inmobiliarios.

Para conocer la documentación requerida para la registración a este nuevo sistema haga clic en el link que figura al pie de este mensaje.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 52/2010

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral Nº 4/2010

Se informa a los señores escribanos que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal comunicó a este Colegio que ha sido dictada la Disposición Técnico Registral Nº 4/2010, publicada en el Boletín Oficial del día 6 de enero.

La DTR Nº 4/2010 establece que los documentos judiciales, presentados a inscribir o anotar por letrados autorizados a tal efecto, deberán contener la intervención del Colegio de Abogados de la Capital Federal mediante la inserción de una oblea u/o etiqueta autoadhesiva.

Para acceder a la DTR Nº 4/2010 haga clic aquí

III Foro Internacional sobre Traducción Especializada

Se informa a los señores escribanos que el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires realizará los días 1 y 2 de julio de 2011 el III Foro Internacional sobre Traducción Especializada, Ernesto Sabato “Del autor al universo” en la Sala Pablo Picasso del Paseo La Plaza.

La realización del III Foro tiene como objetivo resaltar la función de la traducción literaria como nexo en la diversidad cultural e instrumento de protección del patrimonio literario de la Argentina.
Los ejes temáticos que abarcará el foro serán:
– Obra literaria
– La traducción de obras literarias de Ernesto Sábato
– Interdisciplinaridad
– Compromiso social con Ernesto Sabato
– La investigación y Ernesto Sabato

Para mayor información www. traductores.org.ar

Dirección Técnico Registral Nº 16/2010 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad

Se pone a disposición de los señores escribanos la Dirección Técnico Registral Nº 16/2010 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, emitida por ese organismo el día 28 de diciembre de 2010, mediante la cual se establecen los plazos de expedición a partir de la fecha de su ingreso para los servicios de publicidad.

Para acceder a la DTR 16/2010 haga clic aquí

IMPORTANTE: Salida de automotores del país

Se informa a los señores escribanos que el día 2 de enero el diario Clarín publicó una nota donde se hace referencia a los requisitos a tener en cuenta para la salida de automotores del país, que figuran en la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) y se transcriben a continuación:

“Vale recordar que es obligatorio que los autos con más de seis cristales tengan grabado el número de dominio en el parabrisas delantero, la luneta trasera y en los cristales de mayor tamaño. Con menos, el grabado debe estar en todos.
>Brasil, Paraguay o Uruguay. El conductor del vehículo debe tener documento de identidad válido para circular en el Mercosur, licencia para conducir y un documento que lo identifica como turista, expedido por la autoridad migratoria. ?Los vehículos particulares pueden ser conducidos por el cónyuge o familiares hasta segundo grado de consanguinidad, sin necesidad de autorización expresa, siempre en el caso de que sean turistas y el vehículo cuente con la respectiva documentación?. Entre los papeles imprescindibles: cédula verde o título de propiedad y comprobante de seguro vigente en el Mercosur; o cédula azul o autorización certificada ante escribano público o juez de paz. En caso de circular con un auto que esté a nombre de una empresa, se requiere autorización realizada ante escribano público. Y si es un auto alquilado, autorización para circular en el Mercosur, otorgada por la rentadora.
Chile. El conductor debe tener la cédula verde o el título de propiedad del vehículo. Si el propietario no es quien conduce, el que lo haga debe tener la cédula azul o una autorización realizada ante escribano público o juez de paz. Además debe portar el comprobante de seguro que cubra los riesgos en Chile y en el momento de la salida tendrá que completar en el servicio aduanero y por cuadruplicado el formulario denominado ?Salida y Admisión Temporal de Vehículos?.
Bolivia. Para el cruce de frontera se debe cumplir con los mismos requisitos mencionados para Chile, pero cambia el formulario a completar por el viajero. En este caso, se trata de la ?Declaración Jurada ? Salida Temporaria de Vehículos de Turista? (OM 1856 A). El automóvil debe retornar en un plazo máximo de 360 días.
Países no limítrofes. Quien ha planificado un viaje en auto, moto o casa rodante hacia países no limítrofes debe usar la Libreta de Paso por Aduanas, que sólo es emitida por el Automóvil Club Argentino (ACA).
El plazo máximo de permanencia en el exterior es de 180 días.
Una vez que se vence, el titular o su representante deben renovarlo.
El trámite se puede hacer en los consulados argentinos en el exterior. Tenga en cuenta que si no se realiza la renovación, al ingresar al país, se aplicará una multa según establece el Código Aduanero en el artículo 970.”

Aspectos relevantes de la Ley Impositiva de la Provincia de Bs. As. para el año 2011

Se pone a disposición de los señores escribanos la síntesis elaborada por el asesor impositivo del Colegio, Dr. Emir Pallavicini, sobre los aspectos más relevantes de la Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires para el año 2011.

Para acceder al informe haga clic aquí

Para acceder al artículo 80 de la Ley Impositiva haga clic aquí

Autorizaciones para la salida de vehículos al exterior

Se informa a los señores escribanos que el Colegio continúa realizando gestiones ante la Secretaría de Asuntos Registrales y la Dirección General de Aduanas, entre otros organismos, atento a los inconvenientes planteados con las autorizaciones para conducir y exportar vehículos realizadas ante escribano público.

Asimismo, se recomienda a los colegas de la demarcación instrumentar las autorizaciones bajo la forma de escritura pública.

Sistema de Guardias Notariales 2011 Resultados del sorteo

Se informa a los señores escribanos que el martes 28 de diciembre se efectuó el sorteo de los inscriptos para cubrir las vacantes durante el primer semestre de 2011 del Sistema de Guardias Notariales que funciona los días sábados, domingos y feriados, de 10 a 19 horas. Aquellos escribanos interesados en consultar el orden de actuación designado en el sorteo podrán hacerlo en el Departamento de Secretaría, 1º piso, Av. Las Heras 1833.

El escribano de guardia dispondrá de un teléfono celular, cuyo número será difundido a la comunidad. El objetivo de este sistema es la atención de urgencias, tales como autorizaciones de viajes o actas. El costo del servicio se ajusta al arancel sugerido por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Asesorías del Colegio

Se informa a los señores escribanos las licencias de los siguientes asesores del Colegio:

Asesoría Jurídico Notarial
El Esc. Ángel Cerávolo se encontrará de licencia los días 1º al 17 de febrero, inclusive.

El Esc. Francisco Cerávolo se encontrará de licencia los días 15 de febrero al 1º de marzo, inclusive.

El Esc. Rodolfo Orelle se encontrará de licencia los días 4 al 17 de febrero, inclusive.

Asesoría Registral
El Esc. Antonio Iapalucci se encontrará de licencia durante el mes de enero.

Asesoría sobre Rentas de la Ciudad de Buenos Aires
La arquitecta Mirta Valle atenderá los días 25 de enero, el 1º y 8 de febrero la asesoría correspondiente a los días 27 de enero, 3 y 10 de febrero. Asimismo, se informa que la arquitecta se encontrará de licencia los días 14 de febrero al 11 de marzo, inclusive.

Asesoría Registral

Se informa al los señores escribanos que que el Esc. Antonio Iapalucci no atenderá la asesoría a su cargo los días miércoles 29 de diciembre, martes 4 y 11 de enero, de 9:30 a 13:30 de 18 a 21 horas. El Esc. Horacio M. Vaccarelli atenderá dichas asesorías en su reemplazo.

Importante: Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires para el 2011

Se informa a los señores escribanos que, tal como fue adelantado, el viernes 24 de diciembre se publicó la Ley Impositiva para el 2011 de la Provincia de Buenos Aires, a la cual se accede a través del link que figura al pie de este mensaje.

La ley regirá a partir del 1 de enero de 2011, con excepción de algunos artículos que comenzaron a hacerlo a partir del día de la fecha y aquellos que tienen una fecha de vigencia especial. Por ello, se recomienda al notariado una exhaustiva lectura de los artículos que ya se encuentran vigentes (especialmente los arts. 81 a 102 y 105 a 128).



1- Impuesto de Sellos: según el texto promulgado, en toda transmisión a título oneroso de bienes inmuebles, incluida la transmisión de la nuda propiedad, se liquidará el impuesto sobre el precio de venta; la valuación fiscal calculada sobre la base del avalúo fiscal ajustado por el coeficiente corrector que fije la Ley Impositiva o, en lo casos en que exista, el valor inmobiliario de referencia establecido por la Autoridad de Aplicación de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 10.707 y modificatorias, el que fuere mayor.

El coeficiente corrector para las valuaciones fiscales de los inmuebles pertenecientes a las plantas urbana, rural y subrural, se establece en 2,56. En los casos de transmisión de dominio como consecuencia de subastas judiciales o subastas públicas realizadas por Instituciones Oficiales, conforme a las disposiciones de sus Cartas Orgánicas, se tomará como base imponible el precio de venta.

IMPORTANTE: en los certificados catastrales expedidos durante el mes de diciembre de 2010 que sean utilizados durante el mes de enero de 2011, en función de la extensión de su vigencia determinada por la resolución normativa N° 81/2010, al efecto de liquidar el impuesto de sellos, el escribano deberá multiplicar la valuación fiscal por el coeficiente mencionado (ejemplo: valuación fiscal $ 100.000.-, con coeficiente corrector valuación fiscal $ 256.000.- Los certificados que se despachen en 2011, ya van a ser informados con la aplicación del coeficiente corrector.

El texto promulgado, genera dudas respecto del monto a considerar para la exención en caso de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, habiéndose efectuado la consulta pertinente.

2- Impuesto a la transmisión gratuita de bienes: según el texto de la norma, los actos a título gratuito se encuentran gravados con este impuesto, resultando sujeto imponible del mismo el beneficiario de dicha transmisión, por lo que el escribano no actuará como agente de retención sino de información del tributo; destacándose que el monto exento se ha fijado en $ 50.000; elevándose a $ 200.000 para los casos de transmisiones gratuitas entre padres, hijos y
cónyuge.

Dichos montos se computarán por cada beneficiario, y el escribano deberá notificar al mismo el plazo que tiene para realizar el pago del impuesto, restando aclarar aún la forma de efectuarla, y si ésta se consignará en la escritura respectiva.

En cuanto a los actos de disposición de bienes que el beneficiario haya recibido a título gratuito a partir del 1º de enero de 2011, el escribano tendrá la obligación de verificar el pago del impuesto aludido. Todavía no se ha reglamentado por parte de la Agencia la forma en que se realizará dicha verificación.

Asimismo, ponemos en conocimiento que las alícuotas para la liquidación del impuesto, se encuentran determinadas en una tabla progresiva, faltando aún confirmar si ésta será aplicada a los valores que excedan los montos exentos de $ 50.000, elevándose a $ 200.000 (por beneficiario) cuando se trate de padre, hijos y cónyuges.

Haga clic aquí para acceder al texto completo de la Ley 14.200

Caja Notarial – Atención médica en zonas turísticas

La Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social recuerda a sus afiliados los centros de atención médica y las farmacias que brindan cobertura en zonas turísticas.

Ante cualquier consulta o inconveniente le sugerimos comunicarse con la Caja Notarial al teléfono 4809-7137/7190/7188, de lunes a viernes, de 9 a 16 horas. Fuera de esos días y horarios, si se trata de una urgencia, se puede obtener información a través del teléfono 6009-0810.

Se recuerda que la cobertura se brinda sólo en el territorio de la República Argentina, con extensión a la República Oriental del Uruguay pero con las características diferenciales de cobertura que se enuncian en el documento anexo a esta comunicación.

Haga clic aquí para descargar el listado completo de centros de atención en zonas turísticas

Certificados de deuda correspondientes a Obras Sanitarias de la Nación y a Aguas Argentinas S.A.

Se informa que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en su sesión del 17 de diciembre de 2010, resolvió , en relación a la exigencia de requerir certificado de deuda de la ex ?Obras Sanitarias de la Nación? e informe de saldo deudor con relación a ?Aguas Argentinas S.A.?:

A) Que las obligaciones previstas en los artículos 40 y siguientes de la ley Nº 20.324 han quedado agotadas por haberse operado la prescripción liberatoria de las deudas oportunamente existentes y, por lo tanto, el notariado de la Provincia de Buenos Aires no se encuentra funcionalmente obligado a solicitar los certificados de deuda aludidos.

B) Ratificar la comunicación girada al notariado en el mes de abril de 1994, referida a la no obligatoriedad de solicitar certificados de deudas por los servicios oportunamente prestados por Aguas Argentinas S.A., sin perjuicio de que también respecto de las mismas ya ha operado la prescripción liberatoria.

Importante: Esta resolución se refiere sólo a los requerimientos vinculados a las dos empresas mencionadas. En consecuencia, no afecta la operatoria actualmente vigente de la prestadora AYSA, por lo que se mantiene la exigencia de tramitar los certificados de libre deuda, con fundamento en la ley Nº 26.221 que dispuso la aplicación a ?Agua y Saneamientos S.A.? del marco normativo de la ley Nº 13.577 de creación de Obras Sanitarias.

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