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Exención del Impuesto de Sellos para vivienda única, familiar y de ocupación permanente

Se recuerda a los señores escribanos que -conforme lo establecido por el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aire – en casos de transferencias de dominio y contratos de compraventa que tengan por objeto una vivienda única, familiar y de ocupación permanente, para hacer uso de la exención del impuesto de sellos, el escribano deberá hacer constar en la escritura declaración jurada del requirente

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Registro de Actos de Última Voluntad y Autoprotección – Datos a consignar en las minutas de inscripción

Se informa a los señores escribanos que las autoridades del Colegio han llevado a cabo gestiones con la Presidenta de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, a fin de que los oficios judiciales librados al Registro de Actos de Última Voluntad y Autoprotección contengan, en todos los casos, los siguientes datos de los causantes:

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Aportes Notariales e Impuesto de Sellos de la Provincia de Buenos Aires

Se recuerda a los señores escribanos que el Instituto de Derecho Tributario del Colegio de Escribanos -que se reúne todos los lunes de 10.30 a 12.30 horas- atiende consultas de colegas referidas a temas impositivos vinculados a nuestra actividad, temas de estudio profundizado de esta rama del derecho; dictámenes; análisis de normativa etc. El Instituto atiende de manera presencial o bien por correo electrónico (instituto_derecho_tributario@colegio-escribanos.org.ar). Preferentemente las consultas deberán ser presentadas por escrito o bien enviadas por mail, con los datos del escribano consultante, su número de matrícula, una breve descripción del caso a consultar y el criterio personal del consultante.

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Ley Nº 4446

Se pone a disposición de los señores escribanos la Ley Nº 4446 -publicada en el Boletín Oficial de día lunes 18 de febrero- mediante la cual se crea el Registro Único, Público y Unificado de Agencias de modelaje e imagen publicitaria. Sugerimos a los colegas prestar especial atención al artículo 9º inciso d.