Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
Docentes: Escribanos Santiago J. Pano y Verónica Rocchi
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Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
Docentes: Escribanos Santiago J. Pano y Verónica Rocchi
Se informa que el Esc. Ángel Cerávolo no atenderá la asesoría a su cargo el día jueves 3 de abril, por razones institucionales.
Se informa a los señores escribanos que excepcionalmente por esta semana la Dra. Cúneo atenderá la asesoría a su cargo el jueves 3 de abril en su horario habitual de 12.30 a 19.30 horas.
Se pone a disposición de los colegas el Decreto 440/2014 mediante el cual, a partir del 1° de abril de 2014, se prorroga por tres (3) meses calendario los plazos previstos en la Ley Nº 26.860, referida a la exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior.
Se informa a los señores escribanos que, con motivo de la celebración del Aniversario del Colegio de Escribanos de la Ciudad de La Plata el próximo viernes 4 de abril, el Archivo de Protocolos Notariales de esa jurisdicción atenderá únicamente hasta las 11.45 horas.
Se informa a los colegas que se encuentra disponible en la página de ARBA la actualización del Sistema de Presentación de Escribanos (SiPrEsBA) que contempla las pautas de liquidación del Impuesto de Sellos y los incrementos del Aporte Mínimo y de los Aranceles Notariales, vigentes a partir del 1° de abril del corriente año.
Se informa a los señores escribanos que, mediante Resolución Nº 50/14 del Consejo Directivo (Acta 3889), se aprobó la Reglamentación para la utilización de la Firma Digital.
Se informa a los señores escribanos que las autoridades del Colegio han mantenido reuniones con la Agencia Gubernamental de Contro (AGC) quien informó que es inminente la publicación de una resolución que confirme la implementación del uso de la minuta digital para las escrituras de habilitación, establecida por la Resolución 97/2013.
Se pone a disposición de los colegas la Resolución Nº 182/2014 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) mediante la cual se establece que en casos de transferencia de inmuebles, la deuda deberá ser cancelada previo al acto de escrituración siendo responsabilidad de los escribanos públicos intervinientes proceder a retener el importe de la deuda en idénticas condiciones de las establecidas para los tributos que recaen sobre los inmuebles consignados en el Título III del Código Fiscal (t.o 2013).