La Dirección General del Registro de Obras y Catastro ha emitido la Disposición 89/24, mediante la cual se aprueban los nuevos reglamentos técnicos de la Ley de Catastro 6437, vigentes desde el 10 de junio (quedan derogados los reglamentos aprobados por Disposición 154/23).
Se recomienda prestar especial atención al apartado 32 del título 2 del anexo de la disposición:
Exentos de constitución y verificación del estado parcelario:
- Barrios en proceso de regularización dominial.
- Transferencias de dominio en el marco de PROCREAR u otros programas oficiales de escrituración.
- Escrituras autorizadas por la Escribanía General de Gobierno de la Ciudad.
- Actos por los cuales se procede a constituir, modificar, transmitir o cancelar Derechos Reales de Hipoteca, Uso, Habitación, Usufructo, Servidumbre y Propiedad Horizontal.
- Transferencia de dominio de parcelas con plano de propiedad horizontal registrado.
- Cuando los titulares de dominio de los inmuebles objeto de la operación sean el Estado Nacional, la Ciudad de Buenos Aires o alguno de sus organismos descentralizados.
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