Se implementa el VEP, con carácter obligatorio, para la cancelación de las obligaciones tributarias transferidas para su cobro por vía judicial
La AGIP ha publicado la Resolución 206/23, mediante la cual se implementa con carácter obligatorio el Volante Electrónico de Pago (VEP) para la cancelación de las obligaciones tributarias transferidas para su cobro por vía judicial que se hallen registradas en el Sistema de Gestión Integral Tributaria (GIT) o en cualquier otro sistema que lo sustituya en el futuro y de los honorarios, costas y gastos correspondientes.
Ver detalle del procedimiento en el interior de la norma.
Entrada en vigencia de la norma: lunes 17 de julio.