Jurisprudencia, Noticias

Fallo sobre sucesión ab intestato

Creo Ricardo y otro s/ sucesión ab-intestato

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil – Sala H

Sumario elaborado por la Esc. Angélica Vitale, Instituto de Derecho Procesal

  • La inscripción de la declaratoria de herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble no altera su intrínseca naturaleza, que es la de constituir el título hereditario que acredita ser heredero de quien figura como titular registral del inmueble, toda vez que la inscripción de la declaratoria por sí sola no constituye ni transmite, ni declara, ni modifica derechos reales sobre inmuebles.
  • La mera inscripción de la declaratoria en el Registro de la Propiedad Inmueble no implica adjudicación de los inmuebles en condominio, sino simplemente exteriorización de la indivisión hereditaria o poscomunitaria, en su caso, publicidad y medio de oponibilidad de ella a terceros.
  • La indivisión hereditaria sólo cesa con la partición; abierta la sucesión a partir del momento mismo de la muerte del causante (art. 2277 CCyC), se forma un estado de indivisión hereditaria entre los coherederos, cuyos bienes no pertenecen a ningún heredero en particular sino a todos en común, que sólo cesa con la partición, y no así con la inscripción registral de la declaratoria de herederos o del testamento en su caso.
  • Una vez registrada la declaratoria de herederos o el testamento, no se tomará razón de cesión de acciones y derechos hereditarios con relación al asiento de dominio, salvo que se dispusiera judicialmente (art. 99 Decreto 2080/80 -T.O. Decreto 466/99-).
  • Corresponde acceder al planteo de la recurrente, y, en su mérito, el magistrado de grado deberá ordenar la inscripción de la cesión de acciones y derechos hereditarios en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires (conf. disposición técnico registral DTR 7/2016), el cual mantendrá su carácter indiviso hasta tanto se proceda a efectuar la partición hereditaria en los términos del art. 2363 y ss. del CCCN. M.A.R.

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