Servicios postales y de mensajería: entrega sin firma ológrafa.
El Ente Nacional de Comunicaciones publicó la Resolución 803/21, que establece que, mientras se extienda la emergencia sanitaria (Ley 27541, Decretos 260/20 y 167/21), el Correo Oficial de la República Argentina SA –y todo prestador de servicios postales y de mensajería urbana que se encuentre en idéntica situación– podrá tener por entregados sin firma ológrafa del destinatario o persona que se encuentre en el domicilio de destino los servicios postales de cartas control, con firma en planilla, carta control con aviso de retorno, carta expreso, carta con acuse, carta confronte, paquete, encomienda, tarjetas de crédito, servicios puerta a puerta, telegrama y carta documento. La norma detalla los procedimientos de entrega para cada servicio postal en particular.