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AGIP – Resolución 1/21

Registro de Domicilios de Explotación (RDE).

La AGIP ha publicado la Resolución 1/21, mediante la cual -entre otras cosas- se modifican los artículos 7° y 9° de la Resolución 312/20 que quedan redactados de la siguiente manera: 

“Artículo 7º.- A los efectos de la implementación del Registro de Domicilios de Explotación (RDE), establécese que los contribuyentes y/o responsables detallados en el artículo 3° deben informar el/los domicilio/s de explotación dentro del período previsto entre los días 1 de marzo y 31 de mayo de 2021, ambas fechas inclusive.” 

“Artículo 9º.- Facúltase a la Dirección General de Rentas a: a) Incorporar nuevos universos de contribuyentes al Registro de Domicilios de Explotación (RDE); b) Incorporar nuevos trámites en los cuales sea obligatorio declarar el domicilio de explotación; c) Establecer paulatinamente el momento de exigibilidad de la declaración del domicilio de explotación para los trámites o procedimientos a los que se refiere el artículo 5º de la presente Resolución; d) Resolver cuestiones operativas y/o de interpretación.”

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