Obligatoriedad, a partir del 16 de noviembre, de realizar la pre-carga y adjuntar minuta digital y documentos escaneados para realizar la presentación de documentos notariales ante el organismo.
Se informa a los colegas que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal remitió a nuestro Colegio la Disposición Técnico-Registral 8/20, que establece que, a partir del próximo 16 de noviembre, para realizar la presentación en el Registro, respecto de solicitud de inscripción de trámites referidos a inmuebles, será obligatorio haber realizado la pre-carga y haber adjuntado la(s) minuta(s) firmada (s) digitalmente, así como adjuntar los documentos escaneados a inscribir (estos últimos no requieren firma digital).
Esta pre-carga (tanto de la minuta como del documento escaneado) no implica el ingreso del trámite ni su prioridad registral. Para ello, deberá presentarse el original de la escritura a inscribir y el comprobante de la precarga en la Mesa de Entradas, previa reserva de turno.
Requisitos obligatorios de la minuta(s) a subir:
- Subirse en formato PDF.
- Debe ser la última versión guardada en la pre-carga para cada uno de los inmuebles.
- Debe estar firmada digitalmente por el solicitante.
Requisitos obligatorios de los escaneos a subir:
- Deben escanearse con sus páginas encuadradas verticalmente, ordenadas de principio a fin y resultar legibles.
- Deben subirse en formato PDF y pesar hasta 10 MB cada uno (10240 Kb).
- Se permite un máximo de 5 archivos, ya sea hasta cinco copias del instrumento para las partes o bien dos documentos diferentes (este último caso aplica únicamente para documentos de Oferta y Aceptación de Donación instrumentados separadamente).
- Cada archivo debe contener un único documento entero.
- Los archivos no pueden adjuntarse comprimidos.
- En caso de inscribir más de una copia, debe adjuntarse el escaneo de cada una.
- También así al inscribir la Oferta y Aceptación de Donación instrumentados separadamente.
- En caso de requerir adjuntar más escaneos, podrá solicitar la excepción a través de los medios de contacto indicados en la pre-carga.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición Técnico Registral 8/20
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