La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) ha emitido la Resolución 166/20, mediante la cual se establece que en el ámbito del organismo no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 14 y 27 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.