La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 45/2018 que establece que a partir del 1° de enero de 2019, no resultará obligatoria la solicitud de los antecedentes catastrales de los inmuebles, como requisito previo a la registración de los actos de relevamiento que tengan por objeto la constitución de estado parcelario, verificación de su subsistencia y actualización de la valuación fiscal.
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