En relación con la asamblea ordinaria anual del Colegio de Escribanos de la Ciudad de
Buenos Aires que se llevará a cabo el próximo jueves 15 de septiembre de 2011, a las 14 h
(1° citación) y a las 15 h (2° citación), en su sede de Av. Callao 1542, con un cuarto intermedio
para proceder al acto eleccionario que se realizará desde las 16 hasta las 21 horas
en punto, cabe señalar lo siguiente:
1) Son miembros activos con obligación de voto, los escribanos:
– Titulares
– Adscriptos
– Autorizados
– Matriculados con anterioridad al 1 de octubre de 1975
Son miembros con derecho a voto pero sin obligación, los escribanos:
– Jubilados por el régimen complementario de la Caja Notarial Complementaria de
Seguridad Social.
2) Las elecciones de autoridades de este Colegio se harán mediante listas de candidatos
para cubrir los 24 cargos del Consejo Directivo.
3) No podrán integrar las listas los escribanos que hayan sido objeto de suspensión en
el ejercicio de la función por plazo superior a cinco días, durante los últimos 10 años.
Para ser electo Presidente o Vicepresidente se requiere una antigüedad como colegiado
de la institución en el ejercicio de la función notarial como titular o adscripto no
menor de diez años y, para los demás cargos del Consejo Directivo, de cinco años.
4) Las listas deberán:
a) Designarse con un lema o color que las distinga; indicar el acto eleccionario al que
corresponden, la fecha del mismo y la nómina de los candidatos con la especificación
de los cargos para los cuales son postulados.
b) Acompañarse también con la expresa aceptación de los candidatos propuestos.
Ningún escribano podrá integrar o propiciar más de una lista.
c) Contar con la firma de no menos de 50 miembros activos, con excepción de los candidatos,
individualizados con número de matrícula y aclaración de firma.
d) Indicar nombre y domicilio de quien o quienes firmarán como representantes (apoderados)
de la lista en el trámite eleccionario.
Deberán ser miembros activos que no hayan sido objeto de suspensión en el ejercicio
de la función por plazo superior a cinco días en los últimos diez años anteriores al respectivo
acto eleccionario.
e) No incluir a tres personas de un mismo sexo en orden consecutivo ni cubrir más del
70% de la totalidad de la misma (art. 36 de la Constitución de la Ciudad de Buenos
Aires y último párrafo del art. 126 de la Ley Orgánica Notarial N° 404).
f) Acompañar un ejemplar de las boletas a utilizarse en el acto eleccionario en que se
consignarán los cargos y candidatos propuestos para cubrirlos, lema o color que los
distinga, nombre del Colegio, individualización del acto eleccionario al que corresponden
y fecha del mismo.
g) Adjuntar, además, la nómina de fiscales que designe cada lista para actuar durante
los comicios, (incluyendo, de ser posible, los números de celulares).
h) Ser entregadas antes de las 21 horas del día 31 de agosto de 2011 en el Departamento
de Secretaría del Colegio, por nota, en dos ejemplares para ser posteriormente oficializadas
por el Consejo Directivo. Un ejemplar será devuelto al representante de la lista
con la firma de uno de los Secretarios y con el sello del Colegio con constancia de la
fecha y hora de recepción, de conformidad con el Reglamento de la Junta Electoral.
i) Los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretarios, Prosecretarios, Tesorero y
Protesorero corresponderán a la lista que obtenga mayor cantidad de votos válidos
emitidos. Los cargos de Vocales Titulares y Suplentes se distribuirán mediante la aplicación
del sistema proporcional D`Hondt, entre las listas que obtengan como mínimo
un 20% de los votos válidos emitidos.