Agosto: un mes con muchas novedades para la tarea de los escribanos

Entrelíneas N°48

Newsletter al notariado

Agosto, 2023

Catastro de CABA: intervención notarial

El consejero Federico Leyría escribe para Entre Líneas un resumen de las gestiones realizadas ante la Dirección General de Catastro de CAB: medidas que impactan favorablemente en la labor profesional de los escribanos y exenciones que simplifican la tarea.

Hace casi 2 años, el Colegio tomó la decisión de intensificar sus gestiones ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el propósito de abordar diversos temas relacionados con la aplicación de la Ley de Catastro y su reglamentación en esta jurisdicción, a través de la Ley 6437. El objetivo del Consejo Directivo fue involucrarse de manera activa en la interpretación de los alcances de esta normativa y, especialmente, en su impacto en la función notarial.

Tuve a mi cargo la responsabilidad de asistir a todas las reuniones y sesiones de trabajo junto a los directivos y funcionarios a cargo de la Dirección General de Obras y Catastro, y representantes del ámbito inmobiliario (Cámara Inmobiliaria, Consejo Profesional de Agrimensura, Cámaras de Desarrolladores Inmobiliarios y sus asesores).

A través de este espacio de colaboración, conseguimos que el Colegio asumiera un rol fundamental y consultivo en el desarrollo de esta temática.

Ante la inminente vigencia de la ley, nos propusimos instar a los organismos públicos a que la reglamentación fuera gradual y que las obligaciones profesionales no fueran intempestivas o imprevistas. También brindamos la colaboración necesaria, para lograr que -a través de nuestra intermediación- se minimizara el impacto de esta normativa en lo notarial. Para ello, nos enfocamos en el tratamiento de las exenciones, plazos y procedimientos aplicables.

Un primer gran logro fue alcanzar la exención de determinados derechos reales, como la hipoteca, el usufructo y la servidumbre. Una vez obtenido este primer avance, continuamos sobre el objeto de la obligación de constituir el estado parcelario y logramos que se limitara a las parcelas, tanto baldías como edificadas, y al derecho real de servidumbre. En esa instancia, conseguimos que el derecho real de propiedad horizontal quedara explícitamente exento de dicha obligación, es decir unidades funcionales y complementarias. 

Nuevas exenciones

El año pasado, se llevaron a cabo nuevas gestiones en respuesta a dos disposiciones emitidas en septiembre, la  D 292 y la D 299. Estas disposiciones tenían un plazo de entrada en vigencia inmediato, lo que nos impulsó a establecer un nuevo objetivo: retrasar su aplicación para permitir un análisis más acabado de sus implicaciones y efectos. Gracias a estos esfuerzos, logramos prorrogar la fecha de aplicación  y postergarla hasta febrero de 2023.

Con la entrada en vigencia de esta norma, nos enfocamos a supervisar los casos pertinentes y a mantener una comunicación constante con la Dirección de Catastro. Nuestro enfoque fue siempre ajustar el procedimiento, de manera que se alineara con las necesidades de la función notarial. 

Por último, hace pocas semanas, con la publicación de la Disposición 154/23, logramos que se exceptuara de esta obligación a las transferencias de inmuebles a título gratuito, por reorganización societaria, y de parcelas con plano de propiedad horizontal aprobadas (sin reglamento otorgado).

El asesoramiento institucional y el diálogo fructífero con los agrimensores y los organismos públicos nos permitieron arribar a estos cambios que nos benefician en nuestra tarea profesional.

Nuevo paso en el servicio de asesorías

El Consejo Directivo sumó nuevos servicios para dar respuesta a las demandas y necesidades de los colegas. Más asesores, más disponibilidad horaria y mejores opciones para las consultas profesionales.

La orientación y asesoramiento al colega constituyen una de nuestras principales prioridades y un pilar fundamental en nuestra labor institucional. 

Con el propósito de seguir aportando mejoras en este servicio, hemos implementado una serie de cambios a lo largo del último año, enfocados en satisfacer las necesidades del colega y atender a la creciente demanda de asesoramiento. 

La consejera Beatriz Álvarez ha sido una de las propulsoras de estas mejoras, por lo que nos comenta a Entre Líneas las directrices de estos cambios.

¿Qué novedades hay? ¿Bajo qué premisa?

“Mejorar las asesorías del Colegio es una preocupación constante de este Consejo Directivo. Con el trabajo integrado de los Departamentos de Secretaría y Sistemas, desde el 1° de agosto se amplió la oferta de asesores, incorporando a la escribana Castillo en la asesoría jurídico-notarial y a la escribana María Cesaretti en la de sociedades comerciales. También el escribano Tesei agega un día más de atención, los miércoles por la tarde y la escribana Rodríguez Aquarone cambia a atención telefónica su asesoría. Y la doctora Mussoli, en uno de sus tres días de atención, comienza a atender por mail, un pedido de muchos escribanos”.

Diagrama de asesorías

  • Se incorporó la Esc. Alicia Verónica Castillo en la Asesoría Jurídico-Notarial: quien atiende los lunes, de 10 a 14 h, por videoconferencia a través de la plataforma Google Meet (https://meet.google.com/ipq-nphu-xzf)
  • También se suma la Asesoría sobre Sociedades Comerciales, a cargo de la Esc. María Cesaretti, quien brinda atención los lunes, de 9 a 13 h, por videoconferencia a través de la plataforma Zoom (https://us02web.zoom.us/j/83363587141)

Hay cambios de modalidad y ampliación de horarios para una mayor disponibilidad de asesoramiento, a saber:

  • La Esc. Pilar Rodríguez Acquarone atenderá la Asesoría sobre Sociedades Comerciales por teléfono (11 4410 8233), los jueves de 10.30 a 14.30 h.
  • La Dra. Marta Moussoli cambiará la modalidad de atención los días miércoles de 10 a 13 h en la Asesoría Impositiva: será por correo electrónico (mmoussoli@colegio.escribanos.org.ar) y continuará asesorando, como es habitual, en forma presencial, los martes y jueves, de 10 a 13 h.
  • El Esc. Ariel Tesei, en Asesoría Registral, incorpora los días miércoles de 9 a 12 h asesoramiento por correo electrónico (atesei@colegio-escribanos.org.ar) y continuará brindando atención, como es habitual, los jueves y viernes en ese mismo horario.

¿Qué aporta la atención presencial a demanda?

“Otro cambio es que el escribano podrá asistir a los asesores con modalidad presencial sin turno previo durante todo el horario de atención y será atendido por orden de llegada. Si de todas maneras prefiere tener un turno, los mismos ahora están previstos cada 30 minutos y el escribano que tenga un turno será alternado con el que no lo tenga. De esta manera, el escribano que tiene una consulta urgente y no encuentra disponibilidad, sabe que puede asistir de todas maneras a la asesoría”, valoró la Consejera.

¿Qué otra innovación importante trae esta rediagramación?

“El tercer cambio está en el sistema de información de asesorías. Notamos que el escribano ingresaba acceso restringido al botón de reserva de turnos para consultar la oferta de asesores en general. Antes del cambio, sólo encontraba los asesores a los cuales era posible reservar un turno, es decir, los asesores con modalidad presencial o por Google Meet y Zoom. No así los asesores que prestan el asesoramiento por correo electrónico o telefónicamente. Con la modificación, este botón se denomina ahora Asesorías/Token, Información y Turnos y despliega todos los tipos de asesorías con su información completa. Si uno selecciona un asesor y corresponde, se habilita el botón de reserva de turnos”, finalizó.

Apostilla exprés: acelerar el servicio notarial

El Colegio implementó el servicio de Apostillas Urgentes y Excepcionales, con el fin dar prioridad y agilidad a aquellos trámites que requieran este tratamiento. En sólo 48 horas, el escribano puede dar respuesta a sus requirentes.

En los últimos tiempos, se han incrementado de manera significativa las solicitudes de apostillados destinados a distintos países, para presentar ante embajadas y consulados. Ante este escenario, el Colegio de Escribanos de la Ciudad debe dar una respuesta eficiente a personas que -ante el temor del vencimiento de un turno en sede diplomática- acuden a nuestra institución para solucionar ese inconveniente.

Para ello, desde el 1° de agosto, el Colegio ha implementado el servicio de Apostillas Urgentes y Excepcionales, con el fin dar prioridad y agilidad a aquellos trámites que requieran efectivamente este tratamiento.

El plazo de entrega de esta modalidad es de 48 h hábiles y su costo equivale a 2 veces y media el costo de la apostilla simple (actualmente $22.000). Desde el Departamento de Legalizaciones, Laura Ávalos entiende que “esta nueva implementación es una gran ordenadora de todo el volumen diario y semanal de solicitudes, porque “permite clasificar esa jerarquía de urgencias y resolver el problema de la persona que acudió al escribano. Con esto buscamos poder cumplir con un plazo de entrega más eficiente y ajustarse a las necesidades de las personas que necesitan este tipo de trámite”.

Política de ingresos de trámites

Para que el plazo de la solicitud de la Apostilla Urgente y Excepcional comience a correr el día de su ingreso, deberá ser presentada antes de las 16 h. Las ingresadas luego de ese horario, se considerarán presentadas para el día hábil siguiente.

¿Qué pasa con los trámites simples?

El servicio tradicional de apostillas (ahora denominado apostillas “Simples”) continuará vigente, manteniendo su plazo habitual de entrega de hasta 10 días hábiles.

En ediciones anteriores, el jefe de Legalizaciones, Marcelo Ranni, había destacado el aumento en la cantidad de horas en el servicio como una forma de ampliar la capacidad laboral en las escribanías y dar respuesta a esos requerimientos urgentes.

Laura Avalos

Jefa de división, Legalizaciones

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