Institucional

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires es una institución civil fundada el 7 de abril de 1866 que tiene a su cargo el gobierno y la disciplina del notariado de la Capital Federal (Ley N° 12.990).

De acuerdo con la ley N° 404 de la Ciudad de Buenos Aires, son atribuciones del Colegio de Escribanos, entre otras:

1. Intervenir ante las autoridades administrativas, legislativas y judiciales para expresar su opinión sobre proyectos de leyes, decretos, reglamentos, resoluciones o en demanda de normas que tuvieren relación con el notariado o con los escribanos en general.

2. Administrar el archivo de protocolos y demás documentación de las notarías.

3. Ejercer la dirección y administración de la Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social o de la que la sucediere o reemplazare en sus funciones.

4. Ejercer, con exclusividad, la representación gremial de los escribanos de la Ciudad.

5. Vigilar y asegurar el escrupuloso respeto al derecho de libre elección del notario que asiste al requirente.

6. Instruir sumario, de oficio o por denuncia, sobre la conducta de los escribanos, sea para juzgarlos o para elevar las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónomona de Buenos Aires. Imponer a los escribanos, en ejercicio de su función disciplinaria, las sanciones previstas en la ley.

7. Tener a su cargo la matrícula profesional.

8. Inspeccionar la labor que cumplen los escribanos.

9. Legalizar la firma de los escribanos en los casos en que los documentos autorizados por éstos deban surtir efecto fuera de la Ciudad de Buenos Aires.