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AGIP: Resolución 197/20

No se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre los días 9 de junio y 22 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) ha emitido la Resolución 197/20, mediante la cual se establece que, en el ámbito del organismo, no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre los días 9 de junio y 22 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

Quedan excluidos de la presente Resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario, establecido en el Título IX de la Ley Nacional 27.430. 

La presente Resolución rige a partir del día 9 de junio de 2020.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 197/20

 

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