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Inspección General de Justicia (IGJ): Resolución General 20/20

La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución General 20/20, que modifica el texto del artículo 38 de la Resolución General IGJ 6/17  por el siguiente:

“La sociedad deberá presentar, a los efectos de su inscripción en el Registro Público, los poderes otorgados al representante del administrador de las SAS domiciliados en el extranjero, en los términos del artículo 51 de la ley 27349, los cuales solo podrán ser otorgados a favor del o los administradores del órgano colegiado de administración que residan en la República Argentina.  La Inspección General de Justicia objetará la inscripción de poderes generales de administración y disposición de bienes sociales.”

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