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AFIP: Resolución General 4547/19

La AFIP ha publicado la Res. Gral. 4547/19, mediante la cual dispone que los importes de los anticipos segundo y tercero del período fiscal 2019 que deben ingresar las personas humanas y las sucesiones indivisas responsables del impuesto a las ganancias, cuyos vencimientos operan en los meses de octubre y diciembre de 2019, se calcularán aplicando el porcentaje del 10%, en sustitución del porcentaje previsto en el punto 2. del inciso b) del Artículo 3° de la Resolución General 4034, sus modificatorias y complementarias.

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