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URGENTE: Inspección General de Justicia (IGJ) – Rúbrica de libros

Requerimiento art. 60 – Ley 19.550

La IGJ ha informado que modificó el criterio respecto del requisito de la inscripción de autoridades al momento de solicitar la rúbrica de libros. En consecuencia, sin importar quien solicita el trámite, apoderado o representante legal, la sociedad deberá contar siempre con la inscripción exigida por el artículo 60 (Ley 19.550).

Suspensión provisoria de los pagos a través de Rapipago

El organismo ha informado que los pagos a través del sistema RAPIPAGO presentan inconvenientes, por lo cual se ha suspendido esa modalidad temporariamente.

Aquellas personas que hayan realizado el pago por esta vía, y a la fecha este no se haya acreditado en el sistema TAD, deberán informarlo vía mail a Soporte Informático (soporte-tecnico@colegio-escribanos.org.ar) para que el Colegio intervenga con el fin de solucionar los inconvenientes.

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