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Dirección Nacional de Migraciones – Disposición 1489 – E/2017

Residencia permanente de un menor de edad

Se informa a los señores escribanos que la Dirección Nacional de Migraciones ha publicado la Disposición 1489 -E/2017 mediante la cual se sustituye el artículo 2º de la Disposición DNM Nº 4880 del 1º de octubre de 2015, por el siguiente:

“Téngase como requisito suficiente para otorgar residencia permanente a un menor de edad, el de requerir el consentimiento expreso de uno de los progenitores, en los casos en que el menor tenga doble vínculo parental (conforme el artículo 9º del Anexo II del Decreto Nº 616/10), siempre que no mediare conflicto manifiesto de alguna naturaleza que pudiere afectar el interés superior del niño o expresa oposición del otro progenitor (conforme artículo 641, inciso a) y b), CCCN)”.

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