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Impuesto de Sellos Provincia de Buenos Aires |Certificados catastrales diciembre 2016 – Aclaración

Debido a que la Provincia de Buenos Aires publicó normativa (Resolución ARBA 37/16 y la Ley Impositiva 14.880) que inducía a diferentes interpretaciones respecto de las valuaciones a aplicar para el pago del impuesto de sellos con relación a las escrituras autorizadas en el mes de enero de 2017, en las cuales se utilicen los certificados catastrales emitidos durante el mes de diciembre de 2016, el Colegio realizó una consulta a ARBA para que se expidiera sobre esta cuestión.

Como respuesta, ARBA aclaró por escrito que: “atento a lo resuelto por la citada normativa, la aplicación web SIESBA para escrituras autorizadas en enero del corriente, devolverá los certificados catastrales válidos para la fecha de escritura declarada, es decir que si existe un certificado expedido durante diciembre pasado, la aplicación tomará los valores que el mismo refleje para el cálculo del impuesto de sellos, consecuentemente no deberán los notarios efectuar ninguna forma de declaración especial”.

También advirtió que: “para las escrituras del mes de enero de 2017 son válidos los certificados emitidos durante diciembre de 2016 y el contenido de los mismos, es decir que se podrá tomar la totalidad de los valores emergentes del certificado utilizado, incluyendo para ello la valuación especial al acto que figura en dichos certificados catastrales (el resaltado y subrayado nos pertenece).

En resumen:

  • Catastros emitidos durante  el año 2016 hasta el mes de noviembre inclusive, NO PUEDEN SER UTILIZADOS durante el año 2017.
  • Catastros emitidos durante el mes de diciembre 2016 PODRÁN UTILIZARSE hasta el 31 de enero de 2017.
  • Catastros emitidos durante  el mes de diciembre 2016, con su contenido completo, incluyendo la valuación especial al acto allí informada PODRÁN UTILIZARSE para escrituras que se otorguen durante el mes de enero de 2017, SIN APLICACIÓN DE ÍNDICE CORRECTOR ALGUNO.
  • La aplicación web SIESBA valida los certificados catastrales emitidos durante  el mes de diciembre 2016para las escrituras que se otorguen en enero de 2017, en las que se hubieran utilizado los mismos, y el aplicativo tomará para el cálculo del impuesto de sellos los valores que los catastros reflejen.

 

 

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