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Registro de Actos de Última Voluntad y Autoprotección – Aclaración

Se recuerda a los señores escribanos que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, mediante Resolución Nº 2/2013, resolvió establecer que aquellas minutas de inscripción de testamentos, actos de autoprotección y formularios por derecho propio -con firma certificada por el testador- que sean ingresados al Registro de última Voluntad y Autoprotección en soporte papel, deberán ser confeccionadas de forma mecanografiada o computarizada.

IMPORTANTE:
No obstante ello, la presentación de minutas vía web, que se realiza a través de la página del Colegio, sigue siendo un medio vigente para su inscripción, y cuenta con la misma validez que la presentación en soporte papel.

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