Impuesto de Sellos CABA, información archivada, Noticias, RPI - CABA

Impuesto de Sellos: Solicitud de Certificado de Informe 3 del RPI para cónyuge del adquirente

A raíz de las reiteradas consultas formuladas por los escribanos acerca de si es jurídicamente necesario solicitar el certificado de titularidad del cónyuge cuando el adquirente es de estado civil casado, el Consejo Directivo recuerda que según lo establecido por el Capítulo Segundo (?la Interpretación Tributaria?) del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la disposición del artículo 357, inc. 1, se refiere exclusivamente al adquirente o adquirentes en su individualidad, con prescindencia de su estado civil.

Dado que la Ley no determina que se requiera la solicitud del certificado del cónyuge para las escrituras traslativas de dominio de inmueble situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a vivienda y que constituyan la única propiedad del adquirente, no corresponde solicitar el Certificado de Informe 3 del Registro de la Propiedad Inmueble respecto de la persona del cónyuge.

.