Desde hace una década, el uso de las nuevas tecnologías e Internet se ha difundido a todos los ámbitos de la vida social y ha ido creciendo a medida que las empresas, instituciones y organismos han adaptado sus procedimientos para sacar provecho de estos nuevos medios.
Estos cambios impactan de manera inmediata en el ámbito jurídico y generan la necesidad de establecer nuevas normas que regulen las relaciones jurídicas que han surgido con Internet y ofrecen la oportunidad de poner la tecnología al servicio del derecho.
Los benefcios son muchos en términos de seguridad, tiempo y economía de recursos.
El uso de las nuevas tecnologías es un factor de progreso y crecimiento económico, por la rapidez y simplifcación de trámites y procedimientos. Estas ventajas no afectan los principios ni los procesos que definen cada actividad, entre ellas, la notarial.
Las nuevas tecnologías no alteran la naturaleza de los negocios, las actividades, ni sus regímenes esenciales.
Para ello el Estado ha legislado la firma digital, como un sistema que garantiza la seguridad jurídica, mediante severos controles que aseguran la inviolabilidad de los procesos. El 29 de octubre del 2012, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires ha suscripto con la Administración Federal de Ingresos Públicos un convenio mediante el cual esta última otorgará en su calidad exclusiva de entidad certificante el servicio de firma digital a los escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Para qué y por qué utilizar la firma digital?
La firma digital se encuentra destinada fundamentalmente a tramites, ya que la ley expresamente prohíbe su utilización para a) las disposiciones por causa de muerte; b) los actos jurídicos del derecho de familia; c) los actos personalísimos en general; d) los actos que deban ser instrumentados bajo exigencias o formalidades incompatibles con la utilización de este sistema, ya sea como consecuencia de disposiciones legales o acuerdo de partes. Por ahora el uso de la firma digital se circunscribe a simplificar tramites, envío y recepción de documentación con mayor seguridad.
¿Cómo funciona?
Cada titular de una firma digital posee dos claves asociadas, una privada y otra pública, ambas generadas mediante un proceso matemático que las hace únicas.
[box]Una CLAVE PRIVADA que es secreta y su titular es responsable exclusivo de su uso. Esta clave es la que utiliza el escribano para firrmar digitalmente un documento o mensaje.
Una CLAVE PÚBLICA que es utilizada por el receptor de un documento o mensaje firrmado que le permite verificar la autenticidad de la firma.[/box]
Ambas claves se encuentran asociadas entre sí. La privada figura registrada en un dispositivo digital móvil –llamado TOKEN– que el usuario de la firma tiene que utilizar cada vez que desea firmar digitalmente un documento.
La pública se encuentra registrada en el organismo certificante (ANSES, AFIP, ONTI). El sistema es automático: la información cifrada a través del TOKEN con la clave privada sólo puede ser descifrada al ser cotejada con la clave pública que le corresponde. Para poner en funcionamiento este proceso informático automático a través del TOKEN, es necesario contar –además– con una clave personal de seguridad que solo el usuario conoce.
Esta clave permite el uso del dispositivo para encriptar el documento que será transmitido electrónicamente. De este modo, el uso de la firma digital asegura que el documento no sea alterado al circular por Internet