Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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PREGUNTAS FRECUENTES (FAQs)

Para la venta de un inmueble, cuyos titulares de dominio son los dos cónyuges, se ha tramitado un solo “certificado de no retención de ITI”, con el CUIT del marido, que es quien lo declara en bienes personales. ¿Se puede tomar ese certificado y eximir a ambos cónyuges del pago del ITI?

Ago, 2022

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