Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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PREGUNTAS FRECUENTES (FAQs)

Para instrumentar una donación de mitad de un auto ¿cuáles son los recaudos pre escriturales a seguir y cómo se tramita la inscripción de la transferencia?

May, 2023

Como pasos previos pero no obligatorios para efectuar la escritura están los siguientes:

  1. Solicitud de Informe o Certificado de Dominio:
  2. Solicitud de Informes de deuda por infracciones o patentes. 

 

Al Registro Seccional deberá acompañar:

  1. Primera copia de la escritura y una copia certificada (ambos legalizados si se presenta en otra jurisdicción). 
  2. Solicitud Tipo 08 totalmente completada con los datos del donante y donatarios suscripta por el escribano autorizante (No es necesario que estén legalizadas), que se utiliza como minuta de inscripción.

En el rubro observaciones deberá hacer constar los datos de la escritura con su sello y firma  

  1. Título del Automotor o CAT (Constancia de Asignación de Título) si lo tuviera sino deberán las partes declarar el extravió del mismo en la escritura;
  2. Cédula o cédulas del automotor, si las tuviera sino deberán las partes declarar el extravió de las mismas en la escritura;
  3. Constancia de CUIT o CUIL de los donatarios.
  4. Constancia de grabado de autopartes.
  5. No es obligatoria la verificación física del automotor para efectuar este trámite si el donatario es pariente del donante dentro del cuarto grado de consanguinidad, caso contrario deberá efectuar una verificación policial ante planta habilitada.
  6. CETA (Certificado de transferencia de automotores) si la Valuación supera el monto establecido por la AFIP que a la fecha es de $. 2.400.000 de valuación  (la normativa de la AFIP . RG 2729/10 establece que en caso de transferencias realizadas a título gratuito la obligación de informar se determinará de acuerdo al valor utilizado por la Dirección Nacional para el cálculo de aranceles).
  7. Si solicito el Certificado de dominio, lo debe acompañar al trámite obligatoriamente.
  8. El domicilio del donatario a consignar en la escritura y en la Solicitud Tipo 08 es el que surge de la consulta al RENAPER, que puede diferir del que surge del DNI
  9. Si Ud. no  quiere tramitar la inscripción  las partes deben dejar constancia en la escritura de la eximición, en cambio sí Ud. va a tramitar la misma también se debe dejar constancia en la escritura.  También las partes pueden autorizar a un tercero a realizar todos los trámites y a retirar la documentación
  10. Si las partes lo solicitan también podrá dejar constancia de las cédulas adicionales o de autorizado a conducir que se quieran solicitar.
  11. Este trámite no abona sellado fiscal, debiendo dejar constancia de ello en la escritura, y los aranceles los podrá averiguar en la página de la DNRPA.