Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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PREGUNTAS FRECUENTES (FAQs)

En una escritura de adjudicación parcial de bienes por disolución de la sociedad conyugal, a la ex cónyuge se le transmite un bien propio de su ex cónyuge.

El inmueble es de la Pcia. de Buenos Aires. ¿Se debe retener por impuesto de sellos? ¿El acto estaría gravado por el ITI?

Mar, 2022

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