Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

,

PREGUNTAS FRECUENTES (FAQs)

¿Cuál es el tratamiento en cuanto al impuesto de sellos de un fideicomiso de garantía sobre inmueble?

Mar, 2022

Respuesta

1) El contrato de fideicomiso está alcanzado con el impuesto de sellos tomando como base imponible la remuneración del fiduciario, a la alícuota del 1%

2) La transferencia del dominio fiduciario NO está alcanzada con impuesto de sellos. 

3) Luego, la transmisión al fideicomisario estará alcanzada con impuesto de de sellos a la alícuota del 3,6 % sobre VIR (salvo que eleve a consulta vinculante invocando lo “neutro” de la operación).

Lo mismo puede decirse en cuanto a ITI y Ganancias. Existen numerosos dictámenes y profunda doctrina en orden a que el fideicomiso de garantía es un negocio neutro que no genera ganancia, siempre que sea puro y sin aditamentos de inversión o explotación o transformación del objeto fideicomitido.