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Se recuerda a los señores escribanos que la ley 4115, remitida el día 31 de enero del corriente, establece que las escrituras sobre inmuebles ubicados dentro del Distrito Tecnológico, que cumplen con los requisitos exigidos por la norma, se encuentran exentas en un cien por ciento del impuesto de sellos […]
El diputado bonaerense del PRO, Julio Garro, elevó un proyecto legislativo para modificar el Impuesto de Sellos, contemplado por la Ley Impositiva 2012 “ya que viola el Código Civil de la Nación al cobrar un impuesto diferencial en aquellas transacciones que se instrumenten fuera de la Provincia de Buenos Aires”, argumentó.
“La norma es discriminatoria, porque busca cobrar una alícuota diferencial a los escribanos que trabajan fuera de la provincia para que puedan realizar transacciones de bienes que estén dentro del territorio bonaerense”, explicó.
Se pone a disposición de los colegas la Resolución 22/2012 de la Unidad de Información Financiera (UIF), publicada en el Boletín Oficial del 31 de enero de 2012, referida a las personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de naves, aeronaves y aerodinos, artículo 20, inciso 21, de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias.
El Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires ha remitido a nuestra institución la versión modificada de la ?Tabla de Actos Notariales, Aranceles, Impuestos, Tasas y Aportes? vigente a partir de enero de 2012.
Se pone a disposición de los señores escribanos la Ley 14.351, publicada en el Boletín Oficial del 23 de enero de 2012, mediante la cual se establece que en las transferencias o constitución de derechos reales sobre inmuebles y su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble deberá acreditarse la inexistencia de deudas de tasas, derechos y contribuciones municipales hasta la fecha del otorgamiento del acto.
Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución General 2/2012 de la Inspección General de Justicia (IGJ), publicada en el Boletín Oficial del 31 de enero de 2012, mediante la cual se establece la obligatoriedad de presentación de una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos por parte de aquellas asociaciones civiles y/o fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros.
Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución General 3/2012 de la Inspección General de Justicia (IGJ), publicada en el Boletín Oficial del 31 de enero de 2012, mediante la cual se establece el plazo para impulsar los trámites precalificados.
Se pone a disposición de los señores escribanos la Ley Nº 4115 mediante la cual se establece el plazo para ingresar el Impuesto de Sellos correspondiente a las escrituras públicas o cualquier otro instrumento, de cualquier naturaleza u origen, por el que se otorgue la tenencia de inmuebles ubicados dentro del Distrito Tecnológico es de seis (6) meses, contados desde la fecha de otorgamiento del instrumento respectivo.
Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución General 1/2012 de la Inspección General de Justicia (IGJ), publicada en el Boletín Oficial del 31 de enero de 2012, mediante la cual se establece que las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras deberán presentar anualmente una declaración jurada.