Apostillas

Apostillas y Habilitados

Modalidad

Se tramita presencialmente (turno aquí), se entrega documento digital.

¿Para qué se hace?

Se certifica la autenticidad de la firma de documentos públicos argentinos para que sean reconocidos en el exterior y puedan surtir sus efectos.

Qué son

La apostilla y el habilitado son legalizaciones internacionales.

Valor:

$20.700.

 

Medios de pago:

  • Tarjeta de débito.
  • Efectivo (hasta un máximo de $10.000; el cajero no te aceptará sumas mayores).

Plazo de entrega:

  •       Hasta 10 días hábiles (Nota: el Colegio utiliza la plataforma informática “TAD – Trámites a Distancia” que pertenece al Estado nacional. En ocasiones esta plataforma puede tener inconvenientes y extender este plazo).

Procedimiento

Nota: Todo documento que se presente al Colegio para apostillar/habilitar debe cumplir la correspondiente cadena de legalizaciones previa  (ver aquí la Pregunta frecuente).

Sacá un turno. El listado de turnos se actualiza todos los jueves.

Presentáte en el Colegio (Av. Las Heras 1833, Recoleta, CABA) con:

  • El comprobante del turno asignado (podés mostrarlo en el celular).
  • La documentación que vas a apostillar/habilitar, en:
    a) original; y
    b) fotocopia (esto es únicamente necesario si la documentación incluye una firma de puño y letra).

Si la documentación es digital (por ejemplo, una partida digital emitida por el Registro Civil), debés traerla impresa.

Dirigíte al mostrador de ADMISIÓN en Legalizaciones (1º EP) para presentar la documentación.

Aboná el trámite. Cuando esté completo el trámite, recibirá el documento por mail.

Preguntas frecuentes

1 ) ¿Dónde puedo hacer otras consultas?

  • Por teléfono: al 4809-7032
  • Por mail a legalizaciones@colegio-escribanos.org.ar

2) ¿Puedo mandar a otra persona a hacer el trámite?

Sí.

3) ¿Tengo que volver al Colegio para retirar el trámite finalizado?

No. Recibirás la apostilla/habilitado por mail.

4) ¿Qué tipo de documento puedo apostillar/habilitar en el Colegio?

  • Documentos públicos emitidos por autoridad argentina (Ciudad de Buenos Aires, Nación, otras provincias) o de organismos argentinos, tanto en soporte electrónico con firma digital (siempre que cumpla con la cadena de firmas correspondiente) como en soporte papel con firma manuscrita.
  • Documentos en soporte electrónico de otra jurisdicción o legalizados por Ministerio del Interior.

Ejemplos de los documentos que se apostillan/habilitan con mayor frecuencia:

  • partidas del Registro Civil (nacimiento, matrimonio, defunción);
  • documentación de estudios universitarios, terciarios y secundarios realizados en la Argentina (analíticos, planes de estudio, títulos, diplomas, constancias, etc.);
  • documentos emitidos o intervenidos por escribanos;
  • documentos emitidos por autoridades judiciales;
  • certificados de antecedentes penales;
  • certificados de la Cámara Nacional Electoral;
  • certificados de legalidad de licencias de conducir;
  • traducciones emitidas por traductor público.

5) ¿Qué es la cadena de legalizaciones?

Le llamamos cadena de legalizaciones al conjunto de legalizaciones previas que todo documento debe tener antes para que el Colegio te lo pueda apostillar/habilitar. Esas legalizaciones previas dependerán del tipo de autoridad nacional/provincial/municipal que lo emitió, el orden jerárquico al que pertenece la institución y a qué provincia pertenece.

Toda documentación presentada para ser intervenida en este Colegio que cuente con certificación o legalización de una autoridad provincial con firma ológrafa (esto quiere decir firma de puño y letra) debe estar legalizada previamente por el Ministerio del Interior. Ver más información aquí.

Si el documento es del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no se necesita intervención del Ministerio del Interior para apostillarlo en este Colegio.

6) Quiero información sobre casos concretos.

Te damos algunos ejemplos de tipos de documento y lo que debés tener en cuenta en cada caso.

Documentación certificada por autoridad provincial

Toda documentación presentada para ser intervenida en este Colegio que cuente con certificación o legalización de una autoridad provincial con firma ológrafa (esto quiere decir firma de puño y letra) debe estar legalizada previamente por el Ministerio del Interior. Ver más información aquí.

Si el documento es del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no se necesita intervención del Ministerio del Interior para apostillarlo en este Colegio.

Partidas de estado civil emitidas en la Argentina

Algunas jurisdicciones del país emiten las partidas del Registro Civil en soporte electrónico con firma digital (Buenos Aires, CABA, Catamarca, Chaco, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Fe y Santiago del Estero).

Las partidas de estas jurisdicciones únicamente se apostillan/legalizan si están emitidas en ese formato electrónico con firma digital, y no requieren una legalización intermedia.

Las partidas emitidas por las demás jurisdicciones del país, hechas en soporte papel y con firma ológrafa (de puño y letra), requieren de la legalización digital previa realizada por el Ministerio del Interior.

Las partidas de estado civil emitidas en la Argentina (de nacimiento, matrimonio o defunción) legalizadas, habilitadas o con apostilla no tienen plazo de vencimiento. No obstante, te conviene tener en cuenta que algunas autoridades extranjeras solo las admiten dentro de plazos limitados, por lo que te sugerimos que tomes contacto con la autoridad extranjera receptora de la documentación para conocer estos detalles.

Documentación de estudios realizados en la Argentina

La documentación de estudios realizados en la Argentina (certificados de materias aprobadas, títulos o diplomas, programas de estudios, constancias de cursos realizados, certificaciones de residencias, programas, analíticos de secundario y terciario, planes de estudio, etc.) debe contar con la debida cadena de legalizaciones: Ministerio de Educación y Deportes, o Ministerio de Salud de la Nación, o Ministerio del Interior, según corresponda.

Ver más información aquí.

Documentación en idioma extranjero

Si en el país de destino donde debés presentar la apostilla/habilitado te piden que la documentación esté en el idioma del país de destino (o en otro idioma que no sea el castellano), los pasos a cumplir son los siguientes:

1º) Apostillar/habilitar el documento original emitido por autoridad argentina en castellano.

2º) Traducir ese documento original emitido por autoridad argentina a través de un traductor público matriculado.

3º) Legalizar la traducción pública en el colegio de traductores que corresponda según la demarcación en la que realizaste la traducción.

Finalmente, desde el Colegio te sugerimos también:

4º) Apostillar/habilitar la traducción pública y su legalización.

Si legalizaste la traducción en un colegio de traductores que utiliza firma digital (por ejemplo: el de CABA y el de Provincia de Buenos Aires), el Colegio de Escribanos hará la apostilla/habilitado únicamente sobre el documento electrónico con firma digital. Esto quiere decir que deberás enviar un único archivo PDF con ambos documentos integrados.

Certificados de antecedentes penales

Los certificados de antecedentes penales en Argentina son emitidos por el Registro Nacional de Reincidencia, en soporte electrónico y con firma digital.

Si necesitás apostillar/habilitar un certificado de antecedentes penales, tené en cuenta que el Colegio solo gestionará el trámite sobre certificados que se encuentren dentro de los 90 días corridos desde la fecha de su expedición.

Certificados de la Cámara Nacional Electoral

Los certificados de la Cámara Nacional Electoral (por ejemplo, el certificado de “ciudadano argentino” y el certificado de “no ciudadano argentino”) son emitidos en soporte papel con firma manuscrita y en soporte electrónico con firma digital.

El Colegio apostilla/habilita este tipo de documentos.

Certificados de legalidad de licencias de conducir

Podés solicitar un certificado de legalidad de tu licencia nacional de conducir por distintos medios:

1) A través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en soporte electrónico y con firma digital. La solicitud se hace en la plataforma informática TAD-Trámites a Distancia perteneciente al Estado nacional. Luego podrás apostillar/habilitar el certificado en el Colegio.

2) A través de autoridades provinciales, en soporte electrónico y con firma digital. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, la solicitud se hace en la plataforma informática TAD-Trámites a Distancia perteneciente al Gobierno de la Ciudad.

3) A través de autoridades municipales, en soporte papel y con firma manuscrita. Para que el Colegio lo pueda apostillar/habilitar, debe estar previamente legalizado por el Ministerio del Interior de la Nación. deberán estar legalizados previamente por el Ministerio del Interior.

7) ¿Cuál es la diferencia entre apostilla y habilitado?

Se hace apostilla, si el país donde vas a presentar el documento legalizado está adherido al Convenio de la Haya de 1961.

De lo contrario, se hace un habilitado (legalización de validez internacional).

Si te corresponde hacer un habilitado, es importante que, para darle validez plena al documento, te presentes con el habilitado en el consulado del país de destino.

La apostilla no necesita ese paso extra. 

El turno que obtuviste por la página del Colegio es el mismo para ambos tipos de trámite. Si tenés dudas sobre cuál te corresponde realizar, el personal de Legalizaciones te lo explicará cuando les presentes la documentación.

 

8) ¿Solo puedo apostillar en la Cancillería y en el Colegio de Escribanos de CABA?

Todos los colegios de escribanos del país pueden emitir apostillas/habilitados.

Además, si el documento pertenece a autoridad provincial de la misma provincia a la que pertenece el colegio, la apostilla/habilitado se puede hacer sin la necesidad de que el documento pase primero por el Ministerio del Interior.

 9) ¿Puedo apostillar/habilitar un documento emitido por un consulado argentino en el exterior?

Los documentos emitidos en sede consular argentina no pueden ser intervenidos con apostilla/legalización de validez internacional.

Para que un documento emitido en un consulado argentino en el exterior tenga validez en la Argentina, debe tener la firma digital de la autoridad consular actuante. Con ese requisito cumplido, es un documento público autosuficiente. Esto quiere decir que no requiere intervención posterior de la Cancillería o del Colegio de Escribanos.

10) ¿Cómo legalizo/habilito un documento emitido por un consulado extranjero en el país?

La legalización de documentos emitidos por consulados extranjeros en Argentina se realiza únicamente en la Cancillería Argentina.

Ver más información aquí.

11) ¿Cómo verifico la validez de una apostilla/habilitado emitido en Argentina?

En la página oficial del Estado Argentino, a través del sistema de verificación de apostilla o legalización de validez internacional.

12) ¿Qué formato tienen las apostillas/habilitados? ¿Son un papel firmado?

Desde la creación del Plan de Modernización del Estado en el año 2019, la apostilla y las legalizaciones de validez internacional se hacen en documentos digitales con firma electrónica o digital.

13) ¿Las apostillas/habilitados se vencen?

No. Sin embargo, sí puede suceder que el organismo extranjero destinatario del documento te pida que el mismo haya sido emitido en un plazo específico para considerarlo válido. En esos casos, si la fecha de tu documento excedió ese plazo, necesitarás gestionar uno nuevo; y, en consecuencia, también deberás apostillarlo/habilitarlo de nuevo.