Pautas para la correcta confección de la nota de registración.
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (RPI) ha publicado la Instrucción de Trabajo 4/2025, por medio de la cual se establecen los datos que deben consignarse en las notas de inscripción a fin de dar unicidad funcional interna y certeza a los usuarios externos en la individualización de los inmuebles.
La nota de inscripción definitiva (Art. 28, Ley 17.801) deberá incluir únicamente:
- Fecha y número de presentación, matrícula del inmueble y especie de derecho.
- En inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal, en el dato matrícula, se hará expresa mención a la o las unidades funcionales en cuestión, sin indicación de las unidades complementarias, si las hubiera.
- En lo que respecta al dato especie de derecho: a) no se dejará constancia en la Nota de Inscripción de sus variantes y/o características especiales y; b) cuando una o más unidades complementarias sean el objeto principal del documento registrado, se hará mención a las mismas junto a la especie de derecho.