Las autorizaciones para conducir otorgadas por escribano público continúan vigentes. Nada impide que el titular registral autorice expresamente a un tercero a conducir y/o exportar temporariamente con fines turísticos un automotor. La Disposición D.N.N° 29 del 10/05/2024 deroga la cédula para autorizado a conducir, y los terceros autorizados pueden circular dentro del país con la cédula de identificación en formato físico (actualmente no tienen vencimiento), ya que su tenencia acredita derecho o autorización a utilizar el vehículo. También pueden -tanto el titular como el tercero- utilizar la cédula digital vigente que figura en la App Mi Argentina. A esos fines, el tercero debe estar habilitado por el titular registral para ello, pudiendo verla en ese formato desde la App Mi Argentina.
La reglamentación para la exportación temporaria de vehículos, cuando estos sean conducidos por un tercero no titular, la establece ARCA (ex Afip).
Los requisitos para la exportación temporaria de vehículos son:
Para automotores conducidos por terceras personas (no titulares del vehículo):
– Cédula Azul extendida a nombre de la persona que conduce el automotor, o
– Autorización emitida por poder público (poder otorgado ante escribano público) para conducir y extraer el vehículo del país. En este caso resultará exigible la Cédula Verde mediante la cual se acredite la titularidad del vehículo, sin importar su vigencia, conforme lo indicado por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales, de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios en su Nota DN Nº 62/14.
Documentación en formato digital:
Los documentos mencionados podrán exhibirse en formato digital cuando se disponga de un medio de verificación electrónico y en la medida que sea acordado de forma bilateral o multilateral por los Estados Parte involucrados.
Si bien se encuentra contemplada la documentación en su formato digital, lo más ágil y seguro continúa siendo la autorización para conducir otorgada ante escribano.
Por su parte las personas jurídicas NO cuentan con la posibilidad de hacerlo digitalmente y las personas humanas muchas veces no cuentan con conectividad, es por ello que en los pasos fronterizos quienes controlan suelen solicitar la documentación en formato físico. Por ahora la forma más segura de evitar contratiempos es manejarse con la cédula física y autorización para conducir por escribano público.