Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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PREGUNTAS FRECUENTES (FAQs)

Tengo un poder para ser utilizado para la venta de un automotor. Dentro de las facultades dice: “Adquirir y/o transmitir toda clase de bienes inmuebles, muebles o semovientes, créditos, de-rechos, acciones, cédulas y bonos hipotecarios y demás títulos cotizables…” Teniendo en cuenta que el Digesto establece que la individualización genérica puede ser: “auto-motores, muebles REGISTRABLES o bienes registrables”, quisiera saber si el poder tiene facultades para firmar el 08 como apoderado de los vendedores.

Jul, 2025

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