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Eliminación del COTI y del régimen CITI escribanos – Plazo para que la UIF adecúe su normativa contra el lavado de activos

Resoluciones Generales 5696, 5697 y 5698/25. Decreto 353/25

En el Boletín Oficial de hoy, 23 de mayo, se publicaron las RGs 5696, 5697/25 y 5698/25 de ARCA y el Decreto del PEN 353/25, que introducen cambios importantes para la actividad notarial.

  • A partir del 23 de mayo, se elimina la obligación de presentar el “Código de oferta de transferencia de inmuebles” (COTI) mediante la  Resolución General 5697/25 que abroga la Resolución General 2371 y sus modificatorias.
  • El régimen CITI Escribanos quedará derogado a partir del 1 de junio, mediante el artículo 2º de la Resolución General 5698/25 que abroga la Resolución General 3034 y modificatorias. Por lo tanto, las operaciones realizadas hasta el día 31 de mayo deberán ser informadas en el CITI. Esta será la última presentación bajo este régimen.

Las nuevas normativas de la UIF aún no han sido publicadas. No obstante, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto 353/25 que, en su artículo 2º, instruye al organismo a adecuar su normativa dentro de los 30 días. Mientras tanto, las obligaciones actuales de los sujetos obligados permanecen vigentes. Por otro lado, la Resolución 5696/2024 de la AFIP (ARCA) establece que, en virtud del secreto fiscal, no podrán requerirse las declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias ni de Bienes Personales. Se interpreta que esta nueva normativa no puede aplicarse en forma directa, sino que deberá complementarse con la reglamentación que aún debe emitir la UIF.

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