Normativa, Noticias, RPI - CABA

RPI de la Capital Federal: Disposición Técnico Registral 8/26

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó la DTR 8/26, mediante la cual se extiende el alcance del artículo 1° de la Disposición Técnico Registral 3/24 a los supuestos de registración de adjudicaciones por disolución y liquidación de la sociedad conyugal por causa de divorcio formalizadas en el propio expediente judicial. 

En tales supuestos, se admitirá como documento registrable el testimonio del acta notarial de transcripción de las partes pertinentes de las actuaciones judiciales correspondientes. 

Para la toma de razón de los documentos se calificará, además de los requisitos de estilo, que al instrumento notarial comparezcan el o los adjudicatarios, según sea el caso, y que del mismo surja la relación de la respectiva sentencia de divorcio, el convenio de partición debidamente homologado y que el autorizante manifieste que ha verificado el cumplimiento de los demás requisitos procesales pertinentes según la jurisdicción de que se trate.

Entrada en vigencia: a partir del 27 de agosto.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 8/26

Haga clic aquí para acceder a la DTR 3/24

.