La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) publicó la Disposición 566/25, mediante la cual se sustituye, entre otros, el texto del artículo 5°, Sección 1°, Capítulo IX, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, por el que a continuación se indica:
“Artículo 5°.- En caso de que el titular fuere una persona humana, podrá solicitar que la Cédula de Identificación Digital de su automotor sea visualizada en el Perfil Digital del Ciudadano de la aplicación “Mi Argentina” de uno o más terceros determinados.
A tal efecto, deberá:
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- Ingresar en la aplicación Mi Argentina, apartado “Mis vehículos”:
- Desde la opción “Vehículos a mi nombre”, seleccionar un dominio sobre el cual es titular registral;
- Cuando se visualice la Cédula de Identificación vigente, seleccionar la opción “Habilitar a conducir”;
- Identificar al tercero habilitado mediante su nombre y apellido, y número de CUIT, CUIL o CDI.
En estos casos, no se emitirá Cédula adicional. Igual procedimiento deberá realizar el titular registral si pretendiera desafectar la Cédula del Perfil Digital de la persona oportunamente informada.
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Vigencia: 25 de julio de 2025.