La UIF publicó la Resolución 195/24, mediante la cual se sustituye el texto de la Cláusula Transitoria 2° del Anexo I aprobado por la Resolución UIF 90/2024 y su modificatoria, referido al plazo que los sujetos obligados (y miembros de sus órganos de administración) tenían desde la publicación de la resolución para solicitar la liquidación de sanciones. Este plazo se amplía a 90 días.
Entrada en vigencia: desde el 16 de diciembre.