La Comisión Nacional de Valores ha publicado la Resolución 1018/24, mediante la cual se sustituye el artículo 2° del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto: “Venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera. Plazos mínimos de tenencia. Cauciones tomadoras y otras operatorias. Transferencias emisoras.