La Resolución General 5549/24 de AFIP implementa el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) para aquellos emprendimientos inmobiliarios que habiliten a no pagar el impuesto especial de Regularización de Activos (Blanqueo) previsto en la Resolución 590/24 (Ministerio de Economía).
Estos proyectos deberán inscribirse en el REPI y, en virtud de este, podrán exhibir el Código de Registro de Proyecto Inmobiliario (COPI) que necesita el escribano para referenciar en la escritura respectiva para causar las transferencias de fondos regularizados desde la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) hacia el CBU informado en el REPI.