Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.
IMPORTANTE:
- NO hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso.
- La derogación del ITI es total y, por ende, también desaparece la consulta de residentes del exterior ya que las normas en vigor no la contemplan.
Esta norma simplifica el sistema tributario para las transmisiones onerosas de inmuebles, de las que sólo quedan vigentes tres encuadres posibles. Para mayor información sobre el tema, enviamos el informe del asesor tributario, Esc. Julián González Mantelli.
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