La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha publicado la Resolución General 1004/24, mediante la cual se sustituye el artículo 2° del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), referido a “Venta de Valores Negociables con Liquidación en Moneda Extranjera”.
Dentro de las modificaciones introducidas por la norma se incorpora la excepción para los fondos provenientes de créditos hipotecarios UVA otorgados por entidades financieras locales para la adquisición de bienes inmuebles, desde el 10 de junio, de cumplir con el plazo mínimo de tenencia en cartera (parking), el régimen informativo previo (calendarización) requerido para la venta con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local (MEP), y las restricciones a la venta contra moneda extranjera en casos de tener financiaciones abiertas vía cauciones, pases y/o cualquier tipo de financiamiento en el mercado de capitales.