Cuando se certifique la firma en un documento electrónico a través del sistema SDF y deba ser presentado ante la IGJ, el escribano podrá protocolizar el documento a pedido del representante legal de la sociedad o de uno de los firmantes, o expedir en fojas de actuación notarial un testimonio por exhibición (en los términos del art. 109 de la Ley 404), hasta tanto la presentación de documentos electrónicos pueda hacerse vía web.
En los casos en que se expida un testimonio por exhibición, el procedimiento acordado con el organismo es el que se detalla a continuación y, además de los requisitos legales, deberá contener:
- La reproducción literal y total del documento.
- El hash del documento.
- La constancia de que el documento ha sido validado en el VADONO y que no existe, a la fecha de expedición del testimonio, modificación, rectificación, distracto ni revocación. Si existiera, deberá dejar constancia de las modificaciones o rectificaciones, relacionar todos los documentos, y, en caso de que corresponda, deberá también transcribirlos. En este supuesto, deberá surgir claramente del testimonio cuál es el último documento vigente.
- Los datos del autorizante del documento electrónico en el caso que difieran del escribano que expide el testimonio.
- La constancia de que el escribano asume la guarda del documento electrónico respecto del cual expide el testimonio.