La Dirección Provincial de Personal Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Disposición 32/24 que establece que en los trámites posteriores a la inscripción inicial de sociedades comerciales, fideicomisos y demás contratos asociativos sujetos a la competencia de la Dirección de Legitimación, con excepción de reformas de estatutos, disoluciones, liquidaciones y cancelaciones, se reemplazará el dictado de la Resolución Particular por una Orden de Registro
Asimismo, la norma modifica el art. 6 del anexo I de la disposición DPPJ 44/21 (Reglamento de Tramitación Digital.
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