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DNRPA: Disposición 17/24

La Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor ha publicado la Disposición 17/24, relacionada con el Certificado de Transferencia Automotor (C.E.T.A).

La norma alcanza a las transferencias de automotores y motovehículos usados, cuando el precio de transferencia resulte igual o superior al monto que indique la AFIP a través de su página web, el que será actualizado anualmente. 

A tal efecto, deberá considerarse el precio de venta consignado en la respectiva Solicitud Tipo o, de existir, el valor que surge de la tabla de valuaciones utilizada por los Registros Seccionales para el cálculo de los aranceles vigente a la fecha de obtención del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el que resultare mayor.

ARTÍCULO 2°.- A partir de la vigencia de la presente, el monto al que hace referencia el artículo 2°, Sección 6ª, Capítulo XVIII, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales, sustituido por el artículo 1° de la presente, será de PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 10.919.766).  

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