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IGJ: Resolución General 13/24

Cupo femenino obligatorio en órganos de administración y fiscalización, para las asociaciones civiles en proceso de constitución, simples asociaciones, sociedades anónimas, entre otras. Derogación.

La IGJ publicó la Resolución 13/24 que deroga:

  • La Resolución General IGJ 34/2020, mediante la cual se establecía la incorporación del cupo femenino obligatorio en órganos de administración y fiscalización, para las asociaciones civiles en proceso de constitución, simples asociaciones, sociedades anónimas, entre otras.
  • La Resolución 42/2020 que establecía que las iglesias, confesiones, comunidades y entidades religiosas constituidas o a constituirse como asociaciones civiles, simples asociaciones o fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva anotadas y que se encuentren inscriptas ante el Registro Nacional de Cultos o ante el Registro de Institutos de Vida Consagrada, a los fines de solicitar lo previsto en el artículo 4º de la Resolución General 34/20 de la IGJ, deberán presentar certificación de inscripción expedida por alguno de tales Registros, existentes en la órbita del actual Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, autoridad de aplicación en materia de entidades religiosas.
  • La Resolución 12/2021 sobre la inclusión en el órgano de administración y, en su caso, en el órgano de fiscalización de una composición que respete la diversidad de género en distintas formas societarias. 

Entrada en vigencia: a partir del 11 de abril de 2024.

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