El RPI de la Capital Federal ha emitido la Instrucción de trabajo 1/24, mediante la cual establece que no será objeto de observación el documento traído a registración en aquellos supuestos en que el nombre, el tipo societario y su inscripción en el Registro de Comercio, sin perjuicio de los demás datos calificables, coincidan con los obrantes en el asiento precedente, y solo difiera la forma en que se expresa la designación de su tipo social.