El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario ha publicado la Resolución 5/24, mediante la cual se establece, a partir del 1° de marzo, el Salario Mínimo Vital y Móvil en la suma de $202.800 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
El monto establecido es un valor de referencia para la determinación del capital mínimo en materia de constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).