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Fallo sobre escritura judicial

Sumario elaborado por la Esc. Angélica Vitale, Instituto de Derecho Tributario

R., J. J. c. sucesores de D. C. s/ escrituración 

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil – Sala C. 

Fecha: 07-02-2023 

Este fallo reafirma la importancia de la escritura pública para la transferencia del dominio sobre inmuebles y sostiene que la firma del boleto de compraventa del bien obliga a ambas partes a realizar todos los trámites necesarios para el otorgamiento de la escritura pública. Además, concluye que ante el incumplimiento de cualquiera de las partes, la otra tiene la posibilidad de exigir el cumplimiento forzado a través del juicio de escrituración.  

Aclara que es una obligación concurrente a ambas partes observar conductas determinadas, como así también, es necesaria también la actividad de un tercero, el escribano, razón por la cual no resultan aplicables pura y simplemente las reglas que sobre la mora automática contiene el art. 509 del Código Civil, hoy art. 886 y 887 del Código Civil y Comercial, o sea que por tratarse de  obligaciones recíprocas y combinadas de ambas partes contratantes y el concurso de la actividad de un tercero, el escribano, todo ello hace que el mero transcurso del tiempo no produzca la mora.

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