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RPI de la Capital Federal: Disposición 8/23

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado la Disposición 8/23, mediante la cual dispone que, transcurridos sesenta y un (61) días desde la publicación de la presente disposición en el Boletín Oficial (29/5/23), el cómputo de todos los plazos registrales solo deberá realizarse de conformidad con lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley 17801.

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